Ante el alto número de demandas sobre cómo apoyar a la población ucraniana que llega a Cataluña, Lafede.cat ofrece algunas recomendaciones generales para canalizar la solidaridad de la ciudadanía. También recordamos los consejos sobre cómo canalizar nuestra solidaridad en el terreno de forma efectiva para ayudar a Ucrania.
Algunas de las preguntas que llegan a la federación hacen referencia a la situación en la que se encuentran las personas de Ucrania que han llegado a Cataluña. También sobre la posibilidad de acoger a niños/as o hacer un voluntariado en la zona. Damos algunas ideas.
¿Qué trámites deben seguir las personas refugiadas que han llegado a Cataluña para regularizarse?
Recomendamos seguir las indicaciones de las entidades especializadas en acogida en nuestro país como el Comité Catalán de Ayuda al Refugiado (CCAR) o Cruz Roja, por ejemplo. De hecho, CEAR (la homóloga de CCAR en el Estado) ha elaborado una guía sobre el asilo en el Estado español para personas afectadas por la guerra en Ucrania que puede ser útil.
Ante todo, hay que tener en cuenta que la ciudadanía ucraniana dispone de un permiso de estancia en la Unión Europea durante 90 días sin necesidad de tramitar ningún visado. Esto se acredita con el pasaporte.
Sin embargo, la gestión de los trámites legales depende el Gobierno español que, este jueves 10 de marzo, ha puesto en marcha un mecanismo para agilizar la regularización de las personas de nacionalidad ucraniana en España, de acuerdo con la directiva de protección temporal activada por el Consejo de la Unión Europea el pasado 3 de marzo con toda persona con nacionalidad ucraniana tiene derecho a permiso de residencia y trabajo, escolarización de menores, atención sanitaria y acceso a servicios sociales. También a convalidar durante un año el permiso de conducir y a tener roaming gratuito y un descuento del 60% en los medicamentos.
El Gobierno español ha establecido que se podrá pedir la protección temporal en las comisarías específicas de Policía Nacional en todo el Estado, y en los centros de recepción habilitados. Estos espacios contarán con intérpretes de idiomas y se expedirá un resguardo acreditativo de su solicitud de protección donde constará un NIE asignado.
La solicitud pasará a ser tramitada por la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior y resuelta en un plazo de 24 horas. La resolución será notificada vía correo electrónico, y en su defecto, por correo postal o de forma presencial en la comisaría u oficina de extranjería. En la web oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones puede consultar toda la información.
A pesar de esta directiva específica, recordemos que el derecho al refugio y al asilo es universal y que, por tanto, también debe ser garantizado para personas de otras nacionalidades que también huyen de guerras y situaciones de violencia extrema.
¿Y si han llegado sin pasaporte?
Es necesario que se dirijan al Consulado de Ucrania en Barcelona, situado en la calle Numancia, número 185, Bajos 2. También se puede contactar a través de los números de Teléfono: 934 02 89 56 y 932 052 521.
¿En Cataluña a dónde debo dirigirme si conozco a personas ucranianas que ya están aquí?
La Generalitat ha activado el Comité de acogida de personas refugiadas que es el organismo encargado de la coordinación de la acogida en nuestro país.
Si se tiene cualquier duda, se puede llamar al 012 (se presta atención en ucraniano) o enviar un mail a comiteacollida.igualtat@gencat.cat. Si las personas carecen de alojamiento, se le facilitará un espacio temporal en función del territorio.
En el caso de Barcelona, pueden dirigirse al Centro de Urgencias y Emergencias Sociales de Barcelona (CUESB) en la calle Llacuna número 25 o pedir información en el teléfono 900 70 30 30 y consultar información aquí. En cuanto a otros municipios, es necesario ponerse en contacto con el Ayuntamiento o el Consejo comarcal correspondientes.
He escuchado que en Barcelona hay un macrocentro de acogida. ¿Cómo funciona?
Así es y está ubicado en el recinto Fira de Montjuïc, concretamente en el pavellón 7 del Palau Victòria Eugènia, y está gestionado por la Cruz Roja con presencia de la Policia Nacional que es quien tramitará el permiso de protección temporal. Allá se podrá regularizar la situación, así como acceder al circuito de acogida (vivienda, salud, atención psicológica, etc.).
Se recomienda pedir cita prévia mediante el teléfono +34 91 047 44 44 ya que solo se atenderá gente sin cita si la afluencia de personas lo permite.
Este centro se añade a los que ya funcionan en Pozuelo de Alarcón, en Madrid, y en Alicante. También se prevee otro en Málaga.
¿Podemos acoger a un niño o una niña de Ucrania?
La acogida de un menor es una cuestión delicada. De hecho, UNICEF recuerda, que la acogida debe realizarse siguiendo una serie de requisitos complejos que exigen un tiempo considerable:
- El niño o niña debe estar en situación de desamparo confirmada, sin que queden dudas; es decir, que está privado de la debida protección.
- Es imprescindible determinar que las familias de acogida son idóneas.
- Se aplica el principio del interés superior del niño o la niña para garantizar si la mejor decisión pasa por buscar una familia de acogida en otro país, en este caso el nuestro.
Sin embargo, el proceso de acogida de un niño es competencia autonómica con coordinación con el Estado. Así, en Cataluña la Generalitat ha activado un protocolo de urgencia para acelerar el procedimiento que lo gestiona la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), la encarcada de la acogida. Por tanto, si se quiere acoger a un niño/A ucraniano, es necesario:
- Ponerse en contacto con la DGAIA o el Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción a través de los correos electrónicos: dgaia.dso@gencat.cat e icaa.dso@gencat.cat. También se puede llamar al 116 111.
- Es necesario rellenar el formulario correspondiente y facilitar la documentación para acreditar que se cumplen los requisitos. Además, debe tenerse al menos 25 años y 14 más que la persona acogida.
- Una vez se abre el expediente, un equipo realiza una primera valoración y un estudio provisional de la familia de emergencia. Después será necesario visitar el domicilio y entrevistarlos, para, finalmente, emitir un informe especificando la idoneidad o no de la familia.
¿Podemos acoger a una familia de Ucrania en nuestra casa?
Si está en disponibilidad de acoger una familia ucraniana en su casa puede ponerse en contacto con el Gobierno de la Generalitat escribiendo a comiteacollida.igualtat@gencat.cat (para cualquier lugar del territorio catalán) y/o con el Ayuntamiento de Barcelona enviando un correo electrónico a llars.acollida@bcn.cat (para la ciudad de Barcelona).
¿Podemos viajar a Ucrania o a los países limítrofes como personal voluntario?
No recomendamos realizar un voluntariado en un contexto de guerra. El personal de una ONG que trabaja en un conflicto armado sigue un riguroso proceso de selección, basado en la experiencia y la formación. No sólo hace falta conocimiento técnico sino también del ámbito de la cooperación y del contexto específico en el que se produce la emergencia. Nuestras organizaciones envían a personal experimentado con formación específica a las necesidades de la emergencia humanitaria.
En caso de querer desplazarse a los países limítrofes, recomendamos que previamente se ponga en contacto con entidades locales que están trabajando para saber si tu ayuda es necesaria.
Podemos movilizar nuestro coche u organizar un autocar para ir a por ucranianos a la frontera. ¿Es útil? ¿Lo recomiendan?
Este tipo de acciones no son recomendables a menos que tengamos referencias de alguien concreto a quien recoger, porque hay que garantizar que las personas refugiadas tienen la documentación necesaria para poder entrar en el circuito oficial para garantizar todos sus derechos. También hay que saber que quieren efectivamente llegar a Cataluña. Las personas que están en las diferentes fronteras son personas a menudo en shock y es necesario también prever apoyo y atención psicológicas.
Ante esto, hay que tener especial atención con los menores (acompañados o no acompañados) ya que es necesario garantizar que las personas adultas que las acompañan son sus familiares. Las personas que recogen a personas refugiadas en fronteras y/o en tránsito sin las suficientes garantías pueden ser acusadas de trata de menores y/o de mujeres. Por eso se aconseja canalizar la ayuda a través de las organizaciones expertas en ayuda humanitaria u obtener un certificar oficial de que tienen un vínculo familiar.
Webs oficiales para ampliar información sobre ayuda y acogida
Generalitat de Catalunya
- Catalunya amb Ucraïna
- Cooperació Catalana – (Departament d’Acció Exterior i Govern Obert)
- Comitè Català d’Acollida Persones Refugiades (Departament d’Igualtat i Feminismes)
Ajuntament de Barcelona
- Direcció de Justícia Global (Regidoria de Drets Socials, Justícia Global, Feminismes i LGTBI)
- Barcelona Ciutat Refugi